En México las cuestiones de biodiversidad se empezaron a considerar en 1987, pero solo para regular las cuestión de investigación en salud y dar cabida a solicitudes de corporaciones agrobiotecnológicas para experimentar con cultivos transgénicos.
La aplicación agrícola dio origen a la formación de un Comité
Nacional de Bioseguridad Agrícola, coordinado por la Secretaría de Agricultura
Ganadería y Desarrollo Rural (Sagar). En 1988 se iniciaron experimentos en
agricultura y en 1997 entra en vigor la norma fitosanitaria que regula esta
experimentación. Esta norma es muy limitada, pues sólo define la siembra de
materiales transgénicos a nivel experimental, sin especificar dimensiones; en el
caso de algodón, en 1999 se autorizó la siembra de 75 mil hectáreas de algodón
Bt resistente a insectos y 10 mil de soya resistente a herbicida. En la
norma no se habla sobre manejo de los productos cosechados ni su transporte, ni
se contempla la importación de materiales modificados para consumo directo o
para industrialización.
En la Ley General de Salud se establece que para liberar
microorganismos genéticamente modificados al ambiente, la Secretaria de Salud
debe expedir una autorización. Por parte de la Secretaría de Medio Ambiente,
Recursos Naturales y Pesca (Semarnap), no existen regulaciones que normen o
controlen la posible afectación de los ecosistemas.
El problema en México no se reduce a la ausencia o limitación de
regulaciones; abarca áreas como la inexistencia de instituciones ejecutoras y de
personal especializado. Por ejemplo, la comercialización de productos agrícolas
genéticamente modificados queda fuera de la norma de agricultura y no hay ni
regulación ni dependencia de la Semarnap que responda por el manejo de los
productos transgénicos. La Secretaría de Salud ha aprobado el consumo de cinco
productos importados (canola, jitomate, papa, soya y algodón), pero no cuenta
con elementos que le permitan hacer un seguimiento de sus efectos en la salud
humana.
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